-Contrato de trabajo:
Todos los trabajadores que presten servicio para ‘’Funerarias Santa María, S.L’’, deberían hacerlo previa la firma del contrato individual de trabajo respectivo haciéndose extensivo este mandato tanto para los trabajadores que actualmente prestan sus servicios, como para los que lo hagan en el futuro, siendo éste el único documento.
-Aptitudes
para nuevo ingreso:
Todo trabajador
debería demostrar las aptitudes necesarias así como el adecuado comportamiento
para desarrollar las labores que se le designe.
-Requisitos
de ingreso:
Las personas
aspirantes para prestar sus servicios para ‘’Funerarias Santa María, S.L’’
llenarán previamente una solicitud que contendrá:
a. Nombre.
b. Nacionalidad.
c. Estado civil.
d. Número de
afiliación a la seguridad social.
e. Edad.
f. Estudios
realizados.
g. Trabajos
anteriores.
h. Domicilio
actual.
i. Los demás datos
que se requieran.
CAPITULO DEL LUGAR Y TIEMPO DE TRABAJO:
-Lugar
del trabajo:
Los trabajadores iniciarán y terminarán en el
lugar que la empresa encomiende.
-Jornada de trabajo:
Turnos de mañana,
tarde o noche.
Se libraran dos
días a la semana, siendo correlativas de una a otra. Por ejemplo, si esta
semana se descansa lunes y martes, la siguiente se descansará miércoles y jueves
y así sucesivamente.
Los trabajadores
deberán pasar sus tarjetas de control por la máquina selladora, tanto al inicio
como al finalizar su jornada laboral.
-Sanción
de retraso:
Los trabajadores
que ingresen a sus labores después de la hora de entrada serán sancionaos.
CAPITULO DE LA JORNADA DE TRABAJO:
-Duración
de la jornada de trabajo:
Será de 8 horas
diarias, en los siguientes horarios:
-Turno de mañana: 7
am- 15 horas
-Turno de tarde: 15
horas- 23 horas
-Turno de noche: 23
horas- 7 am
-Descanso
y alimentos:
La empresa
concederá media hora en caso de jornada continua para que los trabajadores
tomen sus alimentos.
-Horas
extras:
Cuando por
circunstancias especiales se aumenta la jornada de trabajo, el tiempo
excedente, se considerará como extraordinario y se pagará como tal.
CAPITULO DE DESCANSO Y VACACIONES:
-Vacaciones
y días de descanso:
Serán las
establecidas por la ley.
Quienes faltan sin
permiso y sin justificar a los establecidos como vacaciones o descanso se les
impondrá una sanción.
CAPITULO DE HIGIENE Y SEGURIDAD:
-Atribuciones
de la comisión:
Proponer las medidas
para prevenir los riesgos de trabajo.
La empresa
proporcionará a los trabajadores los equipos de protección que sean necesarios.
Los trabajadores se
abstendrán de realizar todo acto que pueda poner en peligro su propia seguridad
o la de sus compañeros.
CAPITULO DE LA SEGURIDAD SOCIAL:
-Afiliación:
La empresa
‘’Funerarias Santa María, S.L’’ será quien inscribirá a los trabajadores en la
seguridad social.
Las faltas de los
trabajadores por enfermedades o por accidente de trabajo serán justificadas con
los certificados por el facultativo correspondiente de la seguridad social.
CAPITULO DE LAS
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES:
-Obligaciones:
Realizar su trabajo
con eficiencia y cuidado.
Ser disciplinado y
observar buena conducta en el desempeño de sus labores.
Prestar auxilio
inmediato cuando peligran las personas o sus intereses, cuidando de sus
compañeros de trabajo.
Guardar la más
estricta discreción sobre los asuntos de ‘’Funerarias Santa María, S.L.’’
Acudir al trabajo
portando el uniforme proporcionado por ‘’Funerarias Santa María, S.L.’’, de no
hacerlo se considerará una falta injustificada.
CAPITULO DE LAS
PROHIBICIONES:
Suspender sus
labores o abandonarlos sin previo aviso.
Presentarse en
estado de embriaguez o bajo la influencia de alguna droga, así como
introducirlos e ingerirlos en los locales de la Empresa.
Comunicar a
personas ajenas a ‘’Funerarias Santa María, S.L. ’’ sobre asuntos de la misma.
Sacan de la
Empresa, documentos, herramientas u otros objetos pertenecientes a la misma.
Capítulo de sanciones:
Robo leve->
Amonestación.
Reincidencia de
robo leve-> Recisión de contrato.
Robo grave->
Recisión de contrato y denuncia penal respectiva.
-Cláusula:
Este reglamento
entrará en vigor a partir de su día en el depósito de la autoridad laboral y es
obligatorio para todo el personal.
Podrá ser
modificado o complementado de común acuerdo entre las partes, siendo obligación
de la Empresa ‘’Funerarias Santa María, S.L’’ comunicarlo a los trabajadores.
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